LA SITUACIÓN DE LOS REFUGIADOS
EN EL MUNDO 2000
Cincuenta años de acción humanitaria

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La justificación legal de este aspecto, como de tantas otras cuestiones suscitadas en las primeras dos décadas de existencia del ACNUR, corrió a cargo de una voz tan autorizada como la de Paul Weis, refugiado de Viena y asesor jurídico del Alto Comisionado en aquel entonces. A petición del Alto Comisionado, Weis definió la postura del ACNUR en un memorándum clave en enero de 1957.23 Y lo hizo no sólo por la necesidad de que se aclarase el asunto, sino también porque habían surgido ciertos recelos incluso entre los países amigos, como Suecia, sobre la ampliación del papel del ACNUR para abarcar los acontecimientos contemporáneos.

Obviamente, el punto de partida de Weis fue la definición del término refugiado contenida en el artículo 1.A(2) de la Convención de la ONU sobre los Refugiados de 1951, y especialmente su problemático vínculo con la definición de «acontecimientos ocurridos antes del 1º de enero de 1951». Weis señaló que el Comité Ad Hoc sobre Apatridia y Problemas Similares, que elaboró el borrador de la Convención, afirmaba en el informe sobre su primer período de sesiones, celebrado el 17 de febrero de 1950, que esta expresión «tenía por objetivo aplicarse a los sucesos de mayor importancia que implicaran cambios territoriales o políticos profundos, así como programas sistemáticos de persecución». Weis declaró que esta interpretación y los debates que se realizaron en los diversos órganos que elaboraron la definición en la Convención dejaban claro que la fecha en la que una persona se convertía en refugiado era irrelevante. Weis también alegó que en Hungría era evidente que se habían producido «cambios políticos profundos», a saber, el establecimiento entre 1947 y 1948 de una república popular dominada por el Partido Comunista. El levantamiento de octubre de 1956 y el consiguiente éxodo de refugiados eran, en tal sentido, «una secuela de este cambio político previo». Por tanto, siempre que reunieran las condiciones del artículo 1A(2), eran sin duda refugiados.

En lo que respecta al propio Estatuto del ACNUR, Weis afirmó que era evidente que debía considerarse que los refugiados procedentes de Hungría que reunían las condiciones establecidas en el artículo 6B entraban en el mandato del ACNUR. Este artículo amplía la competencia del ACNUR a «Cualquier otra persona que se halle fuera del país de su nacionalidad [...] por tener o haber tenido temores fundados de ser víctima de persecuciones por motivos de raza, religión, nacionalidad u opiniones políticas, y no pueda [...] regresar al país donde antes tenía su residencia habitual». Weis reconocía que parecía «desconcertante» que el Estatuto del ACNUR contuviera dos definiciones de refugiados cuya protección era competencia del ACNUR en los artículos 6A(ii) y 6B, que eran casi idénticos salvo por el hecho de que el primero incluía la fecha del 1 de enero de 1951. Él lo atribuía a que, en los órganos de deliberación que fijaron el marco de la Convención y del Estatuto, hubo dos opiniones opuestas sobre la definición del término «refugiado», a saber, la universalista, que propugnaba una definición general amplia, y la más conservadora, que defendía una definición mediante la enumeración de categorías de refugiados. Al final, la definición a la que se llegó fue un término medio redactado por un grupo de trabajo informal.

Por último, para Weis, la historia de estas deliberaciones dejaba patente que, aunque quienes se convertían en refugiados como consecuencia de acontecimientos ocurridos después del 1 de enero de 1951 también entraban en el mandato del ACNUR, el Alto Comisionado podía, además, consultar a su Comité Asesor (que posteriormente se convirtió en el Comité Ejecutivo) o plantear la cuestión ante la Asamblea General. Esto era lo que se podía inferir de los artículos 1 y 3 del Estatuto. En el caso de Hungría, la Asamblea General de la ONU había establecido claramente la competencia del Alto Comisionado respecto de los refugiados húngaros.24

El reasentamiento de los refugiados húngaros

Los recursos procedentes del Fondo de las Naciones Unidas para los Refugiados, que se había creado en 1954, hicieron posible la operación de emergencia del ACNUR destinada los refugiados que huyeron de la represión del levantamiento húngaro. El Alto Comisionado también pidió contribuciones especiales y la respuesta fue generosa. En noviembre de 1956, se creó un comité conjunto integrado por el ACNUR, el Comité Intergubernamental para las Migraciones Europeas, el gobierno austriaco, el Escapee Program de los Estados Unidos y organizaciones de voluntarios. En el invierno de 1956 y a lo largo de 1957, las organizaciones de voluntarios desempeñaron un papel clave en la asistencia de ayuda de emergencia y al reasentamiento de los refugiados húngaros.

Desde el comienzo, se hizo hincapié en reasentar a los refugiados en terceros países como principal solución al problema. Austria, que había soportado inicialmente una carga abrumadora, necesitaba ayuda de emergencia inmediata. Además, todo el mundo occidental sentía repugnancia hacia el giro que habían dado los acontecimientos en Hungría y albergaba, al mismo tiempo, un gran sentimiento de culpa por no haber hecho más para ayudar al pueblo húngaro en su lucha por la democracia.

En un grado que tal vez no sea fácil de imaginar al final del siglo XX, los gobiernos occidentales recibieron una gran presión popular para que concedieran acceso inmediato a los refugiados. No se creó ningún organismo central para inscribir a los refugiados que llegaban a Austria debido a la percepción de la necesidad de reasentarlos lo antes posible. En un memorándum de 20 de noviembre de 1956, por ejemplo, la oficina del ACNUR en Viena informó al Alto Comisionado de que sencillamente no se podía llevar a cabo el proceso de revisión ni aplicar los procedimientos habituales para determinar si reunían los requisitos necesarios.25 Por tanto, se acordó con las autoridades austriacas que la revisión detallada se realizaría en el país de reasentamiento.

La velocidad con que fueron reasentados los refugiados se ve claramente en las cifras relativas a las entradas en los Estados Unidos. El primer grupo de 60 refugiados húngaros llegó por avión el 21 de noviembre de 1956.26 Se acondicionó una gran base militar, Camp Kilmer, en Nueva Jersey, para alojar temporalmente a los refugiados. A finales de febrero de 1957, habían cruzado el Atlántico en aviones de la Fuerza Aérea estadounidense otros 9.000 refugiados, y 7.000 más llegaron en barcos de la Marina estadounidense. A mediados de 1958, los Estados Unidos habían reasentado a alrededor de 38.000 refugiados húngaros. Otros países de reasentamiento destacados fueron Canadá (35.000), el Reino Unido (16.000), la República Federal de Alemania (15.000), Australia (13.000), Suiza (11.500) y Francia (10.000). Un número más reducido se reasentó en países tan diversos como Chile, la República Dominicana, Islandia, Irlanda, Nueva Caledonia, Paraguay y Sudáfrica.

La repatriación a Hungría

Incluso en el contexto del enfrentamiento de la Guerra Fría, el reasentamiento no fue la única solución de que disponían los refugiados. Varios de ellos, incluidos especialmente los que quedaron separados de sus familias inmediatas, optaron por la repatriación. Esta repatriación fue alentada por el gobierno húngaro. El régimen de Kádár, instalado con el respaldo de la intervención militar soviética, comenzó a mostrar cautelosas señales de moderada independencia a partir de 1957, con la tolerancia tácita de la Unión Soviética. En este sentido, hubo una considerable diferencia entre la Hungría de después de 1956 y la Checoslovaquia de después de 1968, que fue objeto de una intervención militar soviética aún más represiva.

Ya a finales de noviembre de 1956, el nuevo gobierno húngaro había ofrecido una amnistía limitada a quienes habían huido como consecuencia del alzamiento.27 A pesar de las enormes tensiones políticas, el Alto Comisionado Lindt entabló contacto con el nuevo gobierno. Como observó posteriormente un asesor jurídico del Alto Comisionado: «La humanidad y el coraje de este acto hizo mucho para romper el aislamiento casi total de su Oficina respecto de los países socialistas y para facilitar la reunificación familiar y el gran movimiento de retorno que tuvo lugar en los meses y años siguientes».28

Lindt hizo todo lo posible para que el ACNUR desempeñara un papel positivo en la repatriación voluntaria de refugiados, y se establecieron a tal fin procedimientos concretos tanto en Austria como en Yugoslavia. Las misiones de repatriación de húngaros fueron siempre acompañadas de miembros del personal de habla húngara, y los refugiados que deseaban volver iban acompañados hasta la frontera por personal del ACNUR. En enero de 1958, cuando Lindt visitó Budapest a invitación del gobierno húngaro, se entrevistó con varios de los refugiados que habían regresado a sus casas.29 En total, retornaron a Hungría alrededor de 18.200 refugiados, lo que representaba más del nueve por ciento del total.

El problema de los menores no acompañados

Una cuestión especialmente desconcertante fue la suscitada por el problema de los «menores no acompañados», a los que ahora se suele denominar «niños separados». Cuando los niños refugiados huyen solos o son separados de sus familias durante la huída, son sumamente vulnerables. La determinación de la condición de refugiado para estos niños es difícil pero importante, dado que el menor quedará bajo el mandato del ACNUR sólo en tanto en cuanto pueda ser considerado refugiado.

En noviembre de 1956, las autoridades húngaras pidieron que el gobierno austriaco devolviera a los niños no acompañados menores de 18 años. El asunto se debatió en una reunión de urgencia que mantuvieron el ACNUR y el CICR en Ginebra el 13 de diciembre. Finalmente se acordó repatriar a los menores de 14 años si los dos padres estaban en Hungría y pedían su retorno. Más tarde se suprimió la distinción de edades. Las solicitudes debían formularse por escrito ante el CICR que, a diferencia del ACNUR, tenía representantes tanto en Austria como en Hungría.

Desde el comienzo se vio la posibilidad de que surgieran problemas si no se podía localizar a los padres, si sólo uno de ellos vivía o si el niño era huérfano. En estos casos, había que tener en cuenta el interés superior del niño, y se consideraba que la competencia para juzgarlo recaía en la autoridad legal del país afectado.
30 Sin embargo, seguía existiendo el problema de fondo que se planteaba si ambos padres pedían la devolución del niño a Hungría pero el niño se oponía al regreso. El ACNUR afrontaría problemas similares en relación con los menores no acompañados en muchas otras ocasiones en los años venideros.

 

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