9 . 3 La justicia penal internacional
En la década de 1990, por primera
vez desde los juicios de Nuremberg y Tokio a finales de la década
de 1940, la comunidad internacional estableció una serie
de tribunales internacionales con el fin de poner a disposición
judicial a los responsables de violaciones del derecho internacional
humanitario y de derechos humanos. A los tribunales internacionales
especiales para la ex Yugoslavia y Ruanda, establecidos en 1993
y 1994, respectivamente, les siguió al final de la década
el acuerdo de crear una Corte Penal Internacional.
Al poner fin a las culturas de la impunidad,
la justicia penal internacional puede restringir las graves violaciones
de derechos humanos que a menudo están en el origen del
desplazamiento forzado. La justicia penal internacional puede
desempeñar también un papel fundamental a la hora
de permitir el retorno a sus hogares de los refugiados y los desplazados
en las situaciones que siguen a los conflictos. La justicia forma
parte de la reconciliación nacional, y sin ella es menos
probable que la paz arraigue y el peligro de reanudación
de los conflictos permanece.
Tribunales internacionales
Desde su creación en mayo de 1993, el Tribunal
Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY) ha trabajado
para impedir que exista impunidad para los responsables de crímenes
de guerra y de crímenes contra la humanidad en la antigua
Yugoslavia. El trabajo del Tribunal es parte esencial del lento
proceso de reconciliación que constituye un requisito previo
para una paz duradera en la región.
El TPIY ha encausado públicamente a más
de 90 personas, pero su trabajo se ha visto dificultado por la
obstrucción de algunos gobiernos afectados. Casi un tercio
de las personas encausadas públicamente continúan
en libertad, incluidos el presidente de Yugoslavia, Slobodan Milosevic,
y el líder de los serbios de Bosnia, Radovan Karadzic.
Las causas de muchos acusados se hallan aún en fase de
instrucción.
Al finales de 1999, ocho personas habían
sido declaradas culpables de violaciones de las leyes o las costumbres
de guerra, de graves violaciones de los Convenios de Ginebra de
1949 sobre el derecho de guerra, o de crímenes contra la
humanidad. Habían sido condenadas a penas de hasta 40 años
de prisión.
El Tribunal Penal Internacional para Ruanda (TPIR)
se estableció en noviembre de 1994 en un intento de llevar
ante la justicia a los autores del genocidio de 1994 en Ruanda.
Su labor ha resultado sumamente difícil. En noviembre de
1999, el TPIR sólo había concluido cuatro procesos
completos y dos causas relacionadas con declaraciones de culpabilidad.
Sólo cinco individuos habían sido declarados culpables
y condenados a penas comprendidas entre 15 años de prisión
y cadena perpetua.
A pesar de sus fallos y de sus problemas de procedimiento,
no debe subestimarse la contribución fundamental del Tribunal
a la justicia internacional y al desarrollo del derecho penal
internacional. La condena en 1998 de un ex alcalde ruandés
no sólo supuso una aplicación pionera del Convenio
para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio
de 1948, sino que sentó un importante precedente sobre
la interpretación de los actos de violencia sexual y violación
cuando se cometen en el contexto de conflictos armados.
Pero la comunidad internacional no ha mostrado
la misma determinación cuando se han cometido delitos semejantes
en otros países. En Camboya, por ejemplo, más de
un millón de personas murieron a menos de los jemeres rojos
en la década de 1970. Sólo ahora existe alguna posibilidad
de emprender acciones legales contra los responsables. En fechas
más recientes, se han cometido en Sierra Leona algunos
de los crímenes más atroces contra la población
civil, incluida la mutilación deliberada de bebés
y niños de corta edad. Pero el acuerdo de paz de 1999 en
Sierra Leona concedió una amplia amnistía para todos
esos delitos. Para combatir la impunidad sin recurrir a la justicia
penal, algunos Estados han tomado otras medidas como la constitución
de comisiones de «la verdad y la reconciliación».
En muchos otros países que han sufrido enormes pérdidas
civiles en conflictos brutales y de larga duración, no
se han registrado enjuiciamientos penales ni se han tomado otras
medidas alternativas.
Hacia una Corte Penal Internacional
Estas preocupaciones de ámbito más
general fueron abordadas en parte por la conclusión en
julio de 1998 de las prolongadas deliberaciones sobre la creación
de una Corte Penal Internacional. Un régimen verdaderamente
universal para el ejercicio de la justicia penal internacional
tendría un efecto disuasorio sobre los autores de tales
crímenes, y de ese modo contribuiría a prevenir
situaciones que generan flujos de refugiados.
En una declaración conjunta de diversos
organismos de las Naciones Unidas hecha pública en mayo
de 1999, el ACNUR y otras organizaciones humanitarias alentaron
a todos los Estados a firmar y ratificar lo antes posible el Estatuto
de Roma de la Corte Penal Internacional, a fin de llevar ante
la justicia a los responsables de graves violaciones del derecho
internacional humanitario y de los derechos humanos. Los organismos
pedían también a los Estados que asuman su responsabilidad
de proteger a la población civil, que se ha convertido
en blanco deliberado en un número cada vez mayor de conflictos.
A finales de 1999, seis Estados habían
ratificado el Estatuto de la Corte Penal. Para que entre en vigor
son necesarias 60 ratificaciones. Mientras tanto, continúan
en Nueva York los prolongados debates para definir en detalle
los delitos contemplados en el Estatuto y en las Reglas de Procedimiento
y Prueba de la Corte.