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UNOS REFUGIADOS MUY ESPECIALES

Niños refugiados y menores no acompañados en España

Por María Jesús Vega

Los menores no acompañados son personas menores de 18 años que se encuentran separados de ambos padres o de la persona que, por ley o costumbre, estuviera a cargo del menor. Si bien pudiera parecer que los menores están «acompañados» por adultos, esto no siempre presupone que éstos tengan la capacidad y la autoridad para asumir la responsabilidad. Es fundamental investigar la naturaleza de la relación entre el niño y la persona que reclama su cuidado, porque una evaluación equivocada o una conclusión sin una base sólida podría tener graves consecuencias para un menor, incluso dejarle en manos de los mismos traficantes que le han traído al país.

Los menores no acompañados pueden necesitar la protección que les confiere el asilo por temor de persecución, falta de protección ante violaciones de derechos humanos, conflictos armados o graves disturbios en el país de origen. Algunos de ellos también podrían haber sido víctimas de tráfico con fines de prostitución, trabajos forzados u otro tipo de explotación, haber sido reclutados forzosamente y, en general, haber vivido terribles  experiencias. Ahora bien, la  legislación  española vigen-

Menores refugiados en la casa de refugiados y menores no acompañados. PP. Mercedarios.
© P. PÈREZ PÈREZ
te no permite a una persona menor de 18 años solicitar asilo por sí sola, sino a través del tutor que legalmente se le asigne.

LOS PRIMEROS CASOS

Los primeros casos que se conocen en España de menores no acompañados solicitantes de asilo datan de 1986, con motivo de la guerra entre Irán e Irak (1980-1988). Se trataba mayoritariamente de menores iraníes, entre 13 y 17 años, que habían sido enviados a otros países por sus padres, por razones de seguridad o para evitar que fueran reclutados para el servicio militar.

Muchos de estos niños habían vivido en Irán la crudeza de un conflicto armado: muertes, persecución y desaparición de familiares, bombardeos, cambios de domicilio, tensiones familiares y miedo permanente. No fueron ellos quienes tomaron la decisión de abandonar el país; muchos ni siquiera habían sido consultados y a otros apenas se les había informado de a dónde se les enviaba ni por cuanto tiempo, por temor a que estropearan los planes y rehusaran marcharse. La salida del país también estuvo cargada de tensiones para algunos, porque viajaban con documentación falsa, acompañados por traficantes a quienes sus familiares habían pagado. Aunque unos pocos traían teléfonos de contacto, ya en territorio español los menores eran abandonados a su suerte por sus «acompañantes».

Si la separación de los seres queridos, del entorno y la propia cultura es de por sí muy dura para cualquier adulto, cuánto más para un menor completamente solo, que nunca llega a entender el porqué de la decisión que se tomó en su nombre o que cree que sus padres le sacaron del país porque habían dejado de quererle. Para dar respuesta a las necesidades específicas de estos menores solicitantes de asilo y a propuesta de la Cruz Roja y del entonces INSERSO (Instituto de Migraciones y Servicios Sociales), se abrió en Madrid en 1987 una residencia de acogida dirigida por los Padres Mercedarios, quienes contaban con una vasta experiencia de trabajo con refugiados en África.

Hoy en día, esta Casa de Acogida sigue funcionando junto con otros centros gestionados por personal especializado y familiarizado con temas relacionados con extranjería y asilo, así como con aspectos culturales de los países de origen de los menores. Continúan acogiendo tanto a menores solicitantes de asilo como a inmigrantes, con distintos programas de integración adecuados a la situación personal, edad y madurez de los chavales con los que conviven. Al igual que los Padres Mercedarios, existen otras organizaciones que cuentan con centros de acogida especializados para menores solicitantes de asilo en España, como Karibu, AVAR (Asociación Valenciana de Ayuda al Refugiado) y la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR).

El número de menores solicitantes de asilo en España se ha reducido drásticamente en el año 2000 (4 solicitudes) en comparación con años anteriores (47 en 1999 y 34 en 1998), mientras el número de menores no acompañados que llegan al país va aumentando. Muchos de ellos proceden del África subsahariana y algunos de países en conflicto o «productores de refugiados», en los que son habituales las violaciones de derechos humanos dirigidas específicamente contra menores. ¿A qué se debe este descenso?, ¿por qué los organismos o personas que ejercen la tutela de estos menores no solicitan asilo en su nombre, aunque el niño no haya dicho expresamente «quiero pedir asilo en España»?, ¿por qué esa posibilidad rara vez se contempla cuando se toman decisiones en el «interés superior del menor»?

Descartando una posible falta de interés, si la respuesta es que se carece de personal especializado en materia de extranjería o asilo o la falta de tiempo para indagar sobre la situación en los países de origen, sugeriríamos consultar y dejarse asesorar por las ONGs, organizaciones internacionales e instituciones especializadas en asilo. Al mismo tiempo, recomendaríamos la inclusión de temas de asilo en los cursos de formación del personal.

PENSAR EN EL BENEFICIO DEL MENOR

Menores refugiados e inmigrantes en la casa de los Padres Mercedarios. Madrid.
© P. PÈREZ PÈREZ

Si la respuesta es que se deriva conscientemente al menor por la vía de extranjería, y no por asilo, por una cuestión de celeridad en el trámite de obtención de documentación, habría que pensar en el beneficio del menor a largo plazo, y tener presente que la protección que se puede otorgar a un menor por la vía de extranjería (obtención de un permiso temporal de residencia y trabajo, según los casos) no le protege contra la devolución al país de origen o a un tercer país en el que pudiera quedar expuesto a riesgos (que sí le garantiza el asilo u otra forma de protección complementaria). Esto cobra especial relevancia cuando el menor cumple 18 años y, una vez fuera de los servicios de protección de menores, por diversas circunstancias —a veces achacables a la situación en su país de origen—, no puede renovar su documentación.

En este caso, lanzamos una invitación para unirse al trabajo que se viene realizando —entre otras cosas— para mejorar la presentación de solicitudes de asilo, darles prioridad, procurar que sean estudiadas por instructores con conocimientos en temas de menores y agilizar su resolución.

Otra cuestión que preocupa y que es de suma importancia es la de los sistemas actuales de determinación de la edad, cuya validez podría quedar en entredicho cuando se trata de menores procedentes de países no europeos. Estos métodos están basados en estudios realizados en los años   30, sobre  personas de raza blanca y  de origen

europeo (se están aplicando tests para «varones caucásicos» sobre «mujeres africanas subsaharianas»). Este tipo de pruebas no tienen enen cuenta aspectos étnicos ni culturales, y sus márgenes de error rara vez quedan reflejados en los informes médicos, por lo que se puede estar privando a los menores de los derechos que les amparan a nivel internacional y nacional.

PROGRAMA SOBRE MENORES

Para analizar estos temas y proponer cauces de acción a distintos niveles dentro del Programa sobre Menores Separados en Europa iniciado por el ACNUR y la Alianza Save the Children —del que forman parte Save the Children y CEAR en España—, el ACNUR inició una serie de entrevistas con instituciones y ONGs, incluyendo la Oficina del Defensor del Menor, la Subdirección General de Familia e Infancia del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, la Oficina de Asilo y Refugio y el Departamento de Migración y Multiculturalidad de la Universidad Autónoma de Madrid. Este Departamento finalizó en diciembre 2000 un estudio sobre la situación de los menores no acompañados en España.

Tras estos encuentros, se llegó entre otras a las siguientes conclusiones: el tema de los menores no acompañados extranjeros en España se está convirtiendo en un problema desbordante y los recursos actualmente disponibles no dan respuesta adecuada a este fenómeno. Para poder afrontar este problema debidamente es necesario nombrar personas de referencia para temas de menores en necesidad de protección internacional en cada una de las organizaciones e instituciones concernidas; crear una red de organizaciones en distintas Comunidades y Ciudades Autónomas para el intercambio de información y reforzar la cooperación entre las mismas con la complementariedad de sus funciones; ademas, sensibilizar e incrementar el conocimiento sobre las necesidades especifícas de estos menores entre las instituciones y el personal en contacto con ellos desde que pisan suelo español: policías de frontera, fiscalía de menores, protección de menores en las CCAAs, centros de acogida, ONGs, etc.

Tengamos siempre presente en nuestro trabajo que estamos ante un colectivo especialmente vulnerable: por ser menores, no estar acompañados, ser extranjeros y potenciales refugiados.

Maria Jesus Vega
es Asistente Legal de la Delegación
del ACNUR en España

 

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