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EXCLUSIÓN: Excluir o no excluir |
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¿Cuándo puede excluirse a una persona de la protección? |
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Cuando el avión de pasajeros afgano secuestrado
aterrizó en el aeropuerto londinense de Stansted a comienzos de
2000, el incidente provocó un escándalo internacional. En
principio, los medios de comunicación británicos recibieron
a los pasajeros afganos como inocentes que escapaban de la ira de los
vengativos gobernantes talibanes. Pero, en una atmósfera de creciente
xenofobia, la bienvenida se convirtió rápidamente en una
condena e incluso mujeres y niños fueron acusados por algunos periódicos
de fraude, de ser "falsos" solicitantes de asilo que se alojaban
en hoteles de lujo a expensas del contribuyente.
El gobierno británico insistía en que ningún afgano se quedaría en el país un minuto más de lo absolutamente necesario. Los gobiernos europeos se limitaban a observar a medida que el drama se convertía en una especie de prueba para la cuestión de la protección. Los secuestradores alegaban haber escapado a duras penas de los talibanes, que ya habían torturado a algunas personas del grupo. El gobierno desestimó sus peticiones de asilo y juzgó a 12 de ellos. Casi 80 civiles, incluidos algunos familiares de los secuestradores, solicitaron asilo. Se aprobaron dos solicitudes y 37 casos rechazados han sido apelados. La tripulación y algunos de los pasajeros regresaron a su país. Es entonces cuando la historia se vuelve interesante. Normalmente, a las personas implicadas en un secuestro se les denegaría el estatuto de refugiado según las denominadas "cláusulas de exclusión" incluidas en la Convención de 1951. El ACNUR ha insistido, no obstante y pese a la creciente presión por parte de los gobiernos preocupados por el aumento del terrorismo, en que incluso los casos de exclusión que aparentemente no ofrecen ninguna duda deben ser tratados con la mayor delicadeza, un planteamiento defendido en el drama del secuestro. Aunque algunos miembros de la tripulación de la línea aérea fueron en principio tratados como héroes, luego fueron acosados y amenazados. Dos miembros de la tripulación escaparon al vecino Pakistán. El destino de los pasajeros civiles es incierto. RECHAZANDO SOLICITANTES Las cláusulas de exclusión de la Convención deniegan a una persona el estatuto de refugiado por una serie de razones que incluyen los crímenes contra la humanidad, los crímenes de guerra, crímenes no políticos graves cometidos fuera del país de asilo y actos contrarios a los propósitos y principios de las Naciones Unidas. Éstos incluyen una amplia gama de delitos, desde el asesinato y la violación a la destrucción arbitraria de ciudades. Las cláusulas fueron pensadas "para privar a los responsables de actos abominables de la protección al refugiado y para salvaguardar al país receptor de criminales que representan un peligro para la seguridad de ese país", según un informe del ACNUR sobre la cuestión, y, "desde esta perspectiva, las cláusulas de exclusión ayudan a preservar la integridad (global) del concepto de asilo". Pero las atrocidades generalizadas cometidas en los Balcanes durante los 90 y el genocidio de Ruanda dispararon las preocupaciones sobre la existencia de "rendijas " legales internacionales. Algunos gobiernos, temerosos de que los terroristas utilicen la Convención como escudo, confían cada vez más en los instrumentos internacionales antiterroristas para combatir lo que perciben como una amenaza. El ACNUR ha insistido en que la Convención y sus cláusulas de exclusión tienen el alcance y la flexibilidad suficiente como para evitar que los indeseables consigan el estatuto de refugiado. Lo que preocupaba a la agencia era, en cambio, que "en un clima de grandes desafíos para el asilo, las cláusulas de exclusión se conviertan en otro camino abierto para denegar la protección internacional a los casos que la merecen". Incluso si una persona ha cometido un delito lo suficientemente grave como para justificar la exclusión, dicen los juristas, la severidad del crimen debe, con todo, "contrastarse " con el posible destino del solicitante si se le excluye del proceso de asilo. Por ejemplo, si un traficante de drogas se enfrenta a ser torturado o ejecutado a su llegada, se le podría conceder el estatuto de refugiado. Hay cuestiones sin resolver ya exploradas durante las actuales consultas globales. Las consecuencias de la exclusión, por ejemplo: si una persona excluida debe ser juzgada por las autoridades anfitrionas o devuelta a su país de origen. A los funcionarios humanitarios les preocupa también el regreso forzoso de las personas indeseables a los países que aún no han aceptado los instrumentos internacionales de derechos humanos. "Todo este campo es muy delicado", señala un abogado, "porque, por lo general, se trata de un refugiado en potencia que, además, puede ser un criminal. El resultado, sin embargo, es que la aplicación de las cláusulas de exclusión debe seguir siendo una excepción más que la norma". |
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