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Tráfico de personas

El tráfico de migrantes, según se define en el artículo 3(a) del Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes, implica facilitar la entrada ilegal de una persona a un Estado con el fin de obtener un beneficio financiero u otro de orden material.
Si bien se trata de un delito contra el Estado, los traficantes también pueden incurrir en la violación de los derechos humanos de las personas traficadas; estos pueden ir desde el maltrato físico hasta el condicionamiento de agua y comida.

Considerando que son cada vez más los obstáculos que impiden tener acceso a la protección, las personas refugiadas, solicitantes de asilo y otras que requieren protección internacional pueden verse obligadas a acercarse a los traficantes para huir de conflictos, violencia y persecuciones.

Ante esta encrucijada, ACNUR desempeña un papel particular: apoyar a los gobiernos a conciliar las medidas para hacer frente al tráfico de personas refugiadas con la garantía de que se satisfarán las necesidades de protección internacional de quienes se encuentran en situación de movilidad humana. Por ejemplo, ACNUR participa activamente en garantizar que la legislación nacional en materia de tráfico de personas no criminalice a aquellas que han sido víctimas de este delito ni a aquellas que han apoyado a los refugiados en el cruce de fronteras por razones humanitarias.

Asimismo, apoya el desarrollo de buenas prácticas a nivel internacional y aboga por vías más seguras, regulares y legales para la migración y la admisión. Al respecto cabe mencionar que ACNUR comunicó una serie de observaciones en el desarrollo de la Ley modelo contra el tráfico ilícito de migrantes y del Manual sobre la lucha contra el tráfico ilícito de migrantes.