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Comunicado oficial de la Oficina Regional para el Sur de América Latina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados

Comunicados de prensa

Comunicado oficial de la Oficina Regional para el Sur de América Latina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados

16 October 2019

La Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) considera oportuno poner en conocimiento de la comunidad que, en virtud del principio de confidencialidad que se desprende tanto del derecho internacional de refugiados como de las legislaciones nacionales, no resulta posible compartir o difundir información sobre ningún caso individual.

En tal sentido, el ACNUR no realiza declaraciones sobre casos individuales ni sobre trascendidos o comentarios de otras instancias o personas que se refieran a situaciones particulares.

La Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó en 1950 el Estatuto de la Oficina del ACNUR y exhortó a los gobiernos a cooperar con el Alto Comisionado en el desempeño de sus funciones. Esas funciones son proporcionar protección internacional y buscar soluciones duraderas para las personas refugiadas. En el desarrollo de sus funciones, el ACNUR tiene una historia de más de sesenta años de colaboración con los gobiernos, con otros organismos internacionales y con organizaciones de la sociedad civil. El mandato del ACNUR, de conformidad con el párrafo 2 de su Estatuto, es de carácter estrictamente apolítico, humanitario y social.

Asimismo, el ACNUR informa que de acuerdo a los instrumentos internacionales correspondientes, la concesión de asilo o el reconocimiento de la condición de refugiado es una actividad de naturaleza pacífica, apolítica y exclusivamente humanitaria que no debería afectar las relaciones entre los Estados, ni generar cuestionamientos entre ellos.

Por último, el ACNUR estima relevante aclarar que la emisión de documentación de identidad y de viaje para las personas refugiadas, solicitantes de asilo y apátridas es una competencia exclusivamente ejercida por los Estados, de conformidad con distintos instrumentos y estándares internacionales, y que el ACNUR no emite dicha documentación desde hace varios años.