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Adjudicación de contratos

Todos los arreglos contractuales de ACNUR se rigen por el Reglamento Financiero y la Reglamentación Financiera Detallada de las Naciones Unidas y por el Reglamento Financiero de los Fondos de Contribuciones Voluntarias Administrados por el Alto Comisionado.

La regla 5.12 del Reglamento Financiero y Reglamentación Financiera Detalladaestablece que, al ejercerse las funciones de adquisición de las Naciones Unidas, se tendrán debidamente en cuenta los siguientes principios generales: a) Una relación óptima costo-calidad; b) Equidad, integridad y transparencia; c) Una competencia internacional efectiva; d) El interés de las Naciones Unidas.

Los contratos de ACNUR se adjudican teniendo en cuenta los principios mencionados. Una vez que el Servicio de Gestión de Suministros ha recibido las ofertas se prepara un cuadro en el que se comparan los puntos destacados de cada una y los contratos se adjudican sobre la base de la oferta más económica que mejor cumpla los criterios objetivos de precio, plazo de entrega y especificaciones. Si bien el compromiso con la calidad es un criterio incuestionable, la ponderación relativa que se asigna al precio y al plazo de entrega durante la adjudicación de la licitación variará en función de la urgencia de la necesidad. En los casos de emergencia, un plazo de entrega corto puede ser prioritario.

Todas las propuestas para suscribir contratos comerciales por un valor superior a 150.000 dólares para los contratos de la Sede y superior a 20.000 dólares para los contratos locales o regionales deben ser aprobadas por el Comité de Contratos. Para que el proceso de adquisiciones de ACNUR sea lo más transparente posible, el Servicio de Gestión de Suministros, publica actualmente todas las adjudicaciones de contratos cuyo valor sea superior a 150.000 dólares.