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Sesiones plenarias del Comité Ejecutivo

Sesiones plenarias del Comité Ejecutivo

En su sesión anual, el Comité Ejecutivo (ExCom) revisa el trabajo del Comité Permanente del año anterior y establece su programa de trabajo para los próximos 12 meses.

Examina los requisitos financieros del ACNUR para el próximo año y aprueba el objetivo anual del programa. El ExCom también adopta conclusiones, especialmente sobre protección internacional, así como decisiones sobre una variedad de cuestiones administrativas, financieras y de procedimiento.

Buró del Comité Ejecutivo

El Buró del Comité Ejecutivo está compuesta por cuatro titulares de cargos: la Presidente, dos Vicepresidentes y el Relator que representan a los cuatro grupos regionales de las Naciones Unidas. El Buró se elige al final de la sesión plenaria anual en octubre.

Miembros actuales del Buró del Comité Ejecutivo, fotografiados en la sede de ACNUR en Ginebra, en noviembre de 2022. De izquierda a derecha: A. Keah, S.E. Sra. K. Stasch, S.E. Sra. K. Ahmed Hassan, S.E. Sr. E. Izquierdo Miño y Sr. S. Gul.

Miembros actuales del Buró del Comité Ejecutivo, fotografiados en la sede de ACNUR en Ginebra, en noviembre de 2022. De izquierda a derecha: A. Keah,
S.E. Sra. K. Stasch, S.E. Sra. K. Ahmed Hassan, S.E. Sr. E. Izquierdo Miño y Sr. S. Gul. © ACNUR

Oficiales actuales

  • S.E. Kadra AHMED HASSAN (Yibuti)
  • S.E. Katharina STASCH (Alemania)
  • S.E. Emilio Rafael IZQUIERDO MIÑO (Ecuador)
  • Sr. Sumair GUL (Pakistán), Relator
  • Sra. Anne KEAH, Secretaria

Cómo solicitar la membresía de ExCom

Los tres criterios explícitos para la membresía que se encuentran en las resoluciones de la Asamblea General y el ECOSOC que establecieron el Comité Ejecutivo son:

  • Interés demostrado y devoción por la solución de los problemas de los refugiados
  • La representación geográfica más amplia posible
  • Ser miembro de las Naciones Unidas o alguna de sus agencias especializadas

Cuando se estableció por primera vez, el Comité Ejecutivo estaba formado por 25 miembros. Con el aumento en el volumen y la distribución geográfica de las actividades de la Oficina para cubrir casi todas las regiones del mundo, la membresía del ExCom ha crecido con sucesivas resoluciones de la Asamblea General y el ECOSOC.

  1. Un Estado presenta una solicitud de admisión al Comité Ejecutivo del Programa del Alto Comisionado por escrito, generalmente mediante una nota verbal, al Secretario General de las Naciones Unidas. En esta nota verbal, el Estado describe sus credenciales para convertirse en miembro del Comité Ejecutivo de acuerdo con los criterios de membresía que se encuentran en la Asamblea General y las resoluciones del ECOSOC que establecieron el Comité Ejecutivo, en particular (a) un interés demostrado y devoción a la solución de los problemas de los refugiados (por ejemplo, adhesión a la Convención de 1951 y al Protocolo de 1967, así como a cualquier instrumento regional aplicable); (b) la representación geográfica más amplia posible; y (c) ser miembro de las Naciones Unidas o sus agencias especializadas.
  2. Esta solicitud es pasada por el Secretario General al ECOSOC.
  3. El Estado solicitante presenta un proyecto de decisión al Secretario del Consejo Económico y Social, por lo general en junio o julio, por lo que puede considerarse durante la Reunión de Coordinación y Gestión del ECOSOC en el tema del programa del ACNUR.
  4. ECOSOC refiere el asunto a la Asamblea General, solicitando a la Asamblea que aumente el número de miembros del Comité Ejecutivo.
  5. El Estado solicitante presenta un proyecto de resolución al Secretario de la Tercera Comisión de la Asamblea General (a más tardar a fines de octubre).
  6. La Asamblea General resolvería entonces aumentar el número de espacios disponibles para la membresía en el Comité Ejecutivo. La Asamblea remite el asunto al ECOSOC, solicitándole que elija a los miembros para llenar los espacios creados recientemente.
  7. ECOSOC elige al Estado que ha solicitado ser miembro del Comité Ejecutivo.

Nota: El proceso normalmente toma al menos uno a un año y medio.


Observadores en las sesiones plenarias del Comité Ejecutivo

La sesión plenaria anual del Comité Ejecutivo está abierta a todos los Estados Miembro de las Naciones Unidas. Los Estados Miembro del Comité Ejecutivo se sientan primero, seguidos de todos los demás Estados Miembro de las Naciones Unidas que participan como observadores en la sesión. A la sesión plenaria también pueden asistir otras entidades que hayan recibido una invitación para participar como observadores en los períodos de sesiones y trabajo de la Asamblea General, incluidos Estados no Miembro de las Naciones Unidas, organizaciones intergubernamentales, fondos, programas y agencias especializadas de la ONU, y organizaciones no gubernamentales (ONG) con carácter consultivo ECOSOC.

A raíz de las intervenciones de los Estados Miembro del Comité Ejecutivo, normalmente se otorga a los observadores el derecho a hablar, a discreción del Presidente del Comité Ejecutivo. Sin embargo, los observadores no tienen derecho a voto y no pueden participar en la toma de decisiones.

Documentación del ExCom (1990-2020)

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